I. Acordar con la Presidencia del Tribunal y con la Junta, los asuntos de su competencia;
II. Coordinar las actividades de las y los Asesores Comisionados;
III. Desahogar las consultas que le formulen las y los Asesores Comisionados;
IV. Evaluar periódicamente el desempeño de las funciones de las y los Asesores Comisionados;
V. Convocar a las y los Asesores Comisionados a reuniones trimestrales de trabajo para:
- Unificar criterios
- Informar respecto al desempeño de sus funciones
- Plantear nuevas estrategias para la defensa de los intereses de los particulares que reciben atención jurídica, debiendo informar el resultado a la Presidencia del Tribunal, en un plazo no mayor de cinco días
VI. Asistir y participar en los eventos a los cuales sea comisionado por la o el Presidente del Tribunal y la Junta
VII. Remitir semanalmente a la Presidencia los datos estadísticos de la Unidad en relación a la orientación, asesoría y representación jurídica de las y los particulares que acudan a solicitar los servicios de defensoría
VIII. Garantizar e informar que la prestación a las y los usuarios se realice con cortesía, diligencia, responsabilidad e iniciativa para evitar en todo momento la indefensión de sus representados;
IX. Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables.