Artículo 79 de la Ley Orgánica del TRIJAEM
I. Acordar con la o el Presidente del Tribunal y con la Junta, los asuntos de su competencia;
II. Formular la estadística de los juicios, así como de los recursos de revisión tramitados y resueltos por las Salas y Secciones del Tribunal;
III. Coordinar con las diferentes áreas del Tribunal los sistemas de información y estadística;
IV. Auxiliar a las Salas y unidades administrativas del Tribunal en la automatización de sus tareas;
V. Diseñar, organizar, actualizar mensualmente y eficientar los compendios informáticoestadísticos del Tribunal;
VI. Desarrollar y coordinar los proyectos para la adquisición de bienes informáticos;
VII. Coordinar la operación y mantenimiento del equipo de cómputo del Tribunal;
VIII. Diseñar los programas computacionales que le soliciten las áreas, para eficientar los servicios jurisdiccionales y controles administrativos del Tribunal;
IX. Realizar la actualización bimestral de la información estadística, gráfica y documental del portal informativo del Tribunal;
X. Impartir los programas de actualización en materia de informática para el personal jurídico y administrativo del Tribunal, que en forma periódica le solicite la Dirección del Instituto de Justicia Administrativa;
XI. Diseñar y aplicar el formato y presentación del órgano de difusión, así como de todas las ediciones que emita el Tribunal, en coordinación con la Unidad de Documentación, Difusión e Información;
XII. Asistir y participar en los eventos a los cuales sea comisionado por la Presidencia, la Vicepresidencia y la Junta;
XIII. Coordinar con los Actuarios del Tribunal, las notificaciones electrónicas en los términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios; y
XIV. Establecer medidas de control interno, así como acciones preventivas y correctivas.