ARTÍCULO 24 Fracción I, Artículo 45, 46, 47,48 y 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, los cuales establecen que los sujetos obligados deberán constituir el Comité de Transparencia, el cual fungirá como la autoridad máxima al interior de la Institución en materia del derecho de acceso a la información.