M.G.P.A. Dinora Elizabeth Estrada Sobrado

Titular del Instituto de Justicia Administrativa 

¿Qué es?

El Instituto de Justicia Administrativa, es un órgano que tiene por objeto la aplicación del Plan General de Profesionalización en el que se contemplen los programas específicos de ingreso al Tribunal, la inducción al puesto, la capacitación y la profesionalización del personal jurídico y administrativo y todo aquello que señale el Reglamento interior del mismo.

Está a cargo de una Directora, quien es designada por el Pleno de la Sala Superior a propuesta de la o el Presidente del Tribunal.

¿Cuáles son sus atribuciones?

I. Acordar con la Presidencia, la Vicepresidencia y la Junta, los asuntos de su competencia;

II. Diseñar y aplicar el Plan General de Profesionalización del Tribunal;

III. Elaborar los programas de capacitación y actualización del personal jurídico del Tribunal, a través de contenidos temáticos, teóricos y prácticos, a desarrollarse en eventos académicos y clínicas de derecho procesal, administrativo, fiscal y anticorrupción;

IV. Diseñar cursos de capacitación para personal de nuevo ingreso;

V. Establecer las estrategias para impulsar la carrera jurisdiccional;

VI. Coordinar las diferentes reuniones del personal jurídico que tengan por objeto estudiar estrategias para elevar la calidad de la prestación del servicio jurisdiccional;

VII. Controlar la asistencia del personal jurídico convocado a participar en eventos de profesionalización, para el caso de estímu los y sanciones, cuyos lineamientos sean aprobados por la Junta;

VIII.Instrumentar y aplicar los convenios interinstitucionales que a nombre del Tribunal se suscriban;

IX. Organizar, coordinar y controlar la prestación del servicio social, prácticas escolares y prácticas profesionales;

X. Coordinar los programas de investigación jurídica en los que participe el personal jurídico del Tribunal;

XI. Coordinar los programas de capacitación que para el personal difunda la respectiva dependencia del Gobierno del Estado;

XII. Asistir y participar en los eventos a los cuales sea comisionado por la Presidencia y Vicepresidencia del Tribunal y la Junta; y

XIII. Las demás que le señalan el Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

Programas